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domingo, 27 de diciembre de 2015

Más información a cerca de Licencias de Apertura y Actividad en Madrid

Informes y proyectos técnicos

Las actividades inocuas tienen un procedimiento de legalización más sencillo, con menores requisitos y costes asociados. Aún así, en la solicitud generalmente será necesario adjuntar un informe técnico que incluya planos del local realizados por un profesional.

En el caso de las actividades calificadas es necesario aportar un proyecto técnico, más completo que permita emitir los correspondientes informes municipales, que variarán según las características y dimensión del negocio (informes urbanísticos, industriales, sanitarios, medioambientales o jurídicos).

Los profesionales acreditados para realizar este tipo de informes y proyectos técnicos son generalmente arquitectos, arquitectos técnicos, aparejadores e ingenieros técnicos industriales, que en todo caso estén colegiados, ya que será necesario incorporar el visado del colegio profesional.

A menudo no sólo preparan la información técnica, sino que se trata de empresas especializadas que te pueden asesorar e incluso adaptar el local para el cumplimiento de los requisitos.

El proyecto debe contemplar todas las características del establecimiento y de la actividad a desarrollar: planos de ubicación y distribución, dimensiones, reformas a realizar, instalaciones y cumplimiento de las normas aplicables.

En concreto, en todas las actividades será muy importante observar todos los requerimientos de la ley de accesibilidad para personas discapacitadas y de licencias de obras en el caso de que sea necesario proceder a efectuar reformas y obras en el local.

Luego están las normas aplicables para determinadas actividades, como pueden ser las de insonorización (pubs, discotecas, espectáculos, talleres, etc), higiene y manipulación de alimentos (restaurantes, bares, cafeterías, etc) o normativa en caso de incendios (alojamientos turísticos, espectáculos, actividades industriales).

Y recuerda que para actividades molestas suele ser necesario el permiso de la Comunidad de vecinos y que respecto a las actividades en domicilios, ya no se suelen conceder licencias por encima del primer piso de un edificio de viviendas.

Coste de la licencia de apertura y actividad

El coste de la licencia de apertura tiene dos componentes:

  • Tasas del Ayuntamiento: se calculan para cada local teniendo en cuenta tres factores: relevancia comercial de la calle, tamaño del local y tipo de actividad. Las tasas son lógicamente mayores para actividades calificadas y cuanto más relevante sea una calle y más grande el local. Varían de un Ayuntamiento a otro, desde una cantidad mínima en pequeños municipios a varios cientos de euros para actividades inocuas y más de mil en actividades calificadas en ciudades como Madrid.
  • Coste del informe o proyecto técnico: dependerá de la complejidad del proyecto a realizar y del precio que tenga la empresa o profesional seleccionado, pudiendo oscilar desde un mínimo de 600 a 1.000 euros para actividades inocuas al doble para actividades calificadas. En proyectos que supongan obras o necesiten permisos especiales (determinadas actividades industriales) el coste se puede disparar hasta los 10.000 euros.
Recuerda que en PROYECTO EXPRESS MADRID, somos profesionales de la gestión de Licencias de Apertura y Actividad

Realizamos visita TOTALMENTE GRATUITA!!

domingo, 27 de septiembre de 2015

Cambio de titular de licencias, declaraciones responsables y comunicaciones previas

La licencia en vigor de la obra en una vivienda o edificio de viviendas podrá ser transmitida a un nuevo titular, que deberá comunicar el cambio al Ayuntamiento.

Puede consultar las licencias concedidas de acuerdo con la Ordenanza Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas de 23 de diciembre de 2004 (OMTLU) actualmente vigente.

Importe

La expedición del cambio de titularidad está sujeta al pago de una tasa. La cuota para 2015 es de 104,10 euros (Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios Urbanísticos)

Cómo realizar el trámite

En línea: a través del enlace 'Acceso al Registro Electrónico' disponible en el apartado Tramitar. En línea (requiere el uso de alguno de los certificados electrónicos admitidos).


  • Antes de acceder, debe descargar y rellenar electrónicamente el impreso de declaración disponible en el apartado ‘Impresos', guardándolo en su ordenador. Tenga preparada y disponible, también en formato electrónico, la documentación que necesite adjuntar a la solicitud.
  • Si tiene dudas puede consultar la ayuda o contactar con el teléfono 010 Línea Madrid (915 298 210 si llama desde fuera de la ciudad de Madrid).


Presencialmente: en las Oficinas Municipales de Registro, en los registros de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas, y en todas aquellas oficinas de registro que establecen las disposiciones vigentes. También podrá remitirlo mediante las demás formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Documentación

  • Impreso normalizado en el que consten los datos de la licencia en vigor y la firma del anterior titular.
  • En caso de que el impreso no esté firmado por el el antiguo titular puede ser sustituida por el documento público o privado que acredite la transmisión intervivos o mortis causa de la propiedad o posesión del inmueble, local o solar (contrato de alquiler, por ejemplo).
  • Autoliquidación abonada de la tasa (ver instrucciones).

Para más información contacta con PROYECTO EXPRESS